Noticias del Colegio
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ESTATUTO MARCO DEL PERSONAL ESTATUTARIO DE LOS SERVICIOS DE SALUD En el BOE nº 301 de 17 de diciembre de 2003 se publica la LEY 55/2003 de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud. Ver en: http://www.boe.es/boe/dias/2003-12-17/pdfs/A44742-44763.pdf |
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LEY DE REFORMA DEL MARCO NORMATIVO DE LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES El Boletín Oficial del Estado nº 298, de 13 de diciembre, publica la LEY 54/2003, de 12 de diciembre, de reforma del marco normativo de la prevención de riesgos laborales. Ver en: http://www.boe.es/boe/dias/2003-12-13/pdfs/A44408-44415.pdf |
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Circular 2/2003, del Conseller de Sanidad, de 13.11.03, sobre la utilización de las recetas médicas oficiales del Sistema Nacional de Salud en la Conselleria de Sanidad
Ver D.O.G.V del 09/12/03 en Servicios al ciudadano de la web http://www.gva.es/jsp/portalgv.jsp?deliberate=true
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LEY DE ORDENACIÓN DE LAS PROFESIONES SANITARIAS El B.O.E. nº 280 de 22 de noviembre de 2.003, ha publicado la Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias. Texto de la Ley en: http://www.boe.es/boe/dias/2003-11-22/pdfs/A41442-41458.pdf
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SOCIEDAD VALENCIANA DE CIRUGÍA PREMIOS 2004 BASES GENERALES 1.
La Sociedad Valenciana de Cirugía establece dos premios anuales:
a)
Premio de la Sociedad Valenciana de Cirugía a un trabajo de
investigación en cirugía.
b)
Premio de la Sociedad Valenciana de Cirugía a un trabajo clínico
de cirugía general. 2.
Podrá aspirar a los premios cualquier residente de cirugía que
esté cursando la residencia en cualquier hospital del Estado 3.
El primer firmante deberá ser obligatoriamente residente. Como
primer firmante, no podrá serlo en más de un trabajo para 4.
Los trabajos serán exclusivamente de temas quirúrgicos y no deben
haber sido publicados previamente en ninguna revista 5.
Deberán presentarse 5 ejemplares del trabajo impresos en papel Din
A-4 a doble
espacio por una sola cara del papel. 6.
Los trabajos tendrán que estar en poder de la Sociedad Valenciana
de Cirugía antes del día 1 de enero de 2004. 7.
Los trabajos deberán remitirse por correo certificado al
Secretario de la Sociedad Valenciana de Cirugía (Avda.
de la Plata, 8.
Los trabajos serán juzgados por un tribunal constituido por los
miembros del Comité Científico de la Sociedad Valenciana de 9.
El jurado seleccionará los trabajos considerados finalistas, y
remitirá un listado con el lema de los mismos a la Junta Directiva 10.
Una vez recibido el listado de los trabajos finalistas, la Junta Directiva
designará una persona (que en ningún caso podrá formar 11.
Los trabajos finalistas serán expuestos públicamente durante la
celebración del Curso Anual a celebrar durante el mes de 12.
La cuantía de los premios será de 600 € cada uno. 13.
El tribunal tendrá la opción de dividir el premio entre varios trabajos
o considerarlo desierto. 14.
El resultado de los trabajos ganadores y la entrega de premios, se
realizará durante la celebración
del curso anual de la
Sociedad Valenciana de Cirugía. 15.
La decisión del jurado será inapelable. 16.
Los trabajos premiados quedarán en propiedad de la Sociedad Valenciana de
Cirugía, que podrá publicarlos o autorizar a 17.
Los trabajos no premiados podrán ser retirados antes del día 31 de marzo
de 2004, previa presentación del resguardo de envío. Los trabajos no
retirados en ese plazo se consideran sometidos a la norma anterior. 18. El hecho de
participar supone la aceptación de estas bases.
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D.O.G.V. Nº 4617 DE 28 DE OCTUBRE DE 2003 RESOLUCION de 6 de octubre de 2003, del Director General de Recursos Humanos de la Consellería de Sanidad de la Generalitat Valenciana, por la que se convoca concurso libre y excepcional de consolidación de empleo del personal interino del cuerpo de sanitarios locales para la provisión de plazas de médicos de familia de Equipos de Atención Primaria y médicos de Casa de Socorro.
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Proceso Extraordinario de Consolidación de Empleo para selección y provisión de plazas de MEDICOS DE FAMILIA DE LOS EQUIPOS DE ATENCION PRIMARIA Para consultar la realción de aspirantes que han superado el ejercicio de la convocatoria de la Conselleria en la Orden de 12 de marzo de 2.002, ver http://www2.san.gva.es/selecpers/procesoextraordinario/medico_familia_eap_a.pdf Los aspirantes que hubieran superado la oposición dispondrán de un
plazo de quince dias naturales, contados a partir del día siguiente a la
fecha de publicación, para presentar la documentación:
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EL PRESIDENTE DE LA OMC Y EL RECTOR DE LA UOC FIRMAN UN CONVENIO DE COLABORACION PARA LA FORMACION ON LINE El pasado sábado se realizó la primera actividad organizada por ambas instituciones
El citado convenio se desarrollará a través de la Fundación para la Formación de la OMC y de la Universidad Oberta de Cataluña , directamente o de alguna de las empresas de su grupo, en función del proyecto o actividad formativa a realizar. Las entidades están interesadas en colaborar en la investigación y la elaboración conjunta de programas formativos y recursos didácticos vinculados a la información y gestión de documentación y recursos biomédicos a través de Internet. Este convenio tiene por objeto crear las bases de colaboración mutua para establecer herramientas y sistemas comunes de trabajo para el desarrollo conjunto de proyectos, aprovechando sinergias y el saber hacer acumulado por cada una de ellas Primera edición del Curso de Formación en Nuevas Tecnologías de la Información y Comunicación Tanto la OMC como la UOC quieren aprovechar la ocasión de la firma de este Convenio para presentar a los medios de comunicación la primera actividad conjunta consistente en la realización de un Curso de Formación en Nuevas Tecnologías de la Información y Comunicación con el que se pretende introducir a los médicos en el entorno de la formación telemática. Los objetivos de este programa de formación son los de capacitar al alumno en el uso del entorno Windows y en el uso de las herramientas de Internet; desarrollar habilidades para valorar críticamente los recursos de información de Internet y capacitar al alumno en el uso de recursos de información disponibles en Internet. Este primer curso cuenta con un total de 4 créditos universitarios de formación posgraduada otorgados por la Universidad Oberta y tiene un coste total de 300,51 euros por alumno; sin embargo, la Fundación para la Formación de la OMC, con el patrocinio de Telefónica España, ha conseguido que el coste final a cargo de cada alumno sea de 50 euros. Además aquellos alumnos que superen satisfactoriamente el curso gozarán de la devolución de 25 euros del importe de la matrícula. La primera fase de este curso, consistente en preparación de tutores, ha tenido lugar el pasado sábado 13 de Septiembre, y en ella han participado los Coordinadores de Formación de los Colegios de Médicos Provinciales. Los responsables de formación de la Fundación de la OMC y de la UOC han diseñado este curso con una triple estrategia. Primera, formar a los médicos componentes de la red nacional de Coordinadores de Formación en habilidades docentes para "la tutorización de cursos no presenciales a través de Internet". Segunda, dar una información avanzada del uso de las TICs a 2000 médicos, con la intención no sólo de que mejoren su conocimiento tecnológico e Informacional sino también para ejercer en el futuro de formadores de sus compañeros y poder compartir conocimiento. Tercera, introducir a los profesionales en el conocimiento de la Competencia Informacional en Ciencias de la Salud dándoles a conocer los recursos informacionales de las bibliotecas virtuales del Metaservidor Galenics y, conociendo el funcionamiento de este Metaservidor, aprendan a aprender a partir de la información que contienen. La UOC La Universitat Oberta de Catalunya (UOC), fundada por iniciativa de la Generalitat de Cataluña en 1994, es una propuesta innovadora que ofrece una respuesta a los retos formativos y organizativos planteados por la sociedad del conocimiento y por el desarrollo de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC). Actualmente 17 titulaciones homologadas -de las cuales 12 se imparten también en español gracias a la alianza de la UOC con Grupo Planeta-, programas máster, de formación continuada y de posgrado, y más de 25.000 estudiantes en 40 países expresan la trayectoria de crecimiento y consolidación del modelo de universidad establecido por la UOC. La FFOMC La Fundación para Formación, Docencia, investigación y Competencia profesional de los médicos colegiados de España (FOMC) , es una entidad sin animo de lucro, docente, educativa y científica de carácter privado que , bajo el patrocinio del Consejo General de Colegios de Médicos de España tiene como objetivo la excelencia profesional , a través de establecimiento de foros de debate permanente sobre temas de actualidad político sanitaria, de detectar necesidades de formación médica continuada y satisfacerlas mediante la organización de Cursos y seminarios e impulsar la implicación de los médicos colegiados en la gestión de los recursos sanitarios , tanto públicos como privados, como formula idónea para mejorar la satisfacción de las
Debido a las ventajas contrastadas de la formación a distancia dirigidas a los profesionales de la medicina para actividades de larga y media duración, la FFOMC ha desarrollado su propio Entorno Virtual de Aprendizaje (EVA) ( http//www.ffomc.org ) y, al mismo tiempo, suscribe convenios con instituciones de amplia experiencia en formación on-line como es el caso de la UOC. Información Gabinete de Prensa de la OMC Telf. 91
431 77 80 (www.cgcom.org)
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Se vende material ginecológico * Ecógrafo Sonoscope 20 2 sondas: vaginal y combe. * Esterilizador - Electrocoagulador y bisturí eléctrico Kirto 200 Vitrina, mesas, etc Interesados: Tel. 964 24 49 37 (tardes)
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Nota
de prensa que emite el
Consejo
de Colegios de Médicos Valencianos
CHEQUEOS MEDICOS DE LA CONSELLERIA DE SANIDADDE LA COMUNIDAD VALENCIANA Ante la problemática suscitada recientemente como consecuencia de la intención de la Conselleria de Sanidad de la Comunidad Valenciana, que se llevarán a la práctica chequeos médicos gratuitos, a partir de finales del mes de septiembre, para un colectivo de más de dos millones de personas, que serán llamadas a revisión para prevenir posibles cardiopatías, cáncer y otra serie de patologías, el Consejo de Colegios de Médicos de la Comunidad Valenciana quiere poner de manifiesto lo siguiente. Consideramos que entre los objetivos de un programa de promoción de la salud y prevención de la enfermedad, indudablemente, es el diagnóstico precoz de estas enfermedades más frecuentes en nuestra población. Esta labor, encomiablemente, la vienen realizando con insuficiente carencia de tiempo los médicos de atención primaria desde siempre y hoy en día, en los diferentes centros de salud en que prestan su trabajo, como consecuencia del elevado número de pacientes que deben atender. La puesta en funcionamiento de esta iniciativa, consideramos desde los Colegios Profesionales, que habrá de llevar consigo un diálogo, lo más extenso posible, entre Sociedades Científicas así como Colegios Profesionales para entre todos colaborar en la búsqueda de todos aquellos recursos humanos, normas y tecnologías adecuadas que puedan hacer realidad esta propuesta de la Consellería. Los Colegios Profesionales, igualmente, somos conscientes de la gran demanda asistencial que en nuestra Comunidad Autónoma existe por razones sobradamente conocidas en general por la sociedad, tales como zona turística, climatología benigna, inmigración, contingente geriátrico elevado y atractivos en general que la hacen ser frecuentemente visitada desde diferentes puntos de nuestra península y ciudadanos de la Unión Europea, sobrecargando la labor realizada por nuestros profesionales sanitarios. Es por ello, que esta oferta de nuestra Consellería de Sanidad deberá ser ampliamente dialogada por todos los que prestamos nuestra labor asistencial sanitaria a nuestros conciudadanos. Indudablemente,
de ese constructivo diálogo estamos convencidos que esta iniciativa habrá
de beneficiar muy positivamente a nuestra sociedad en general. Para los Colegios de Médicos iniciativas como la presentada por la Consellería de Sanidad demuestran el compromiso de la Administración Valenciana para mejorar el diagnostico de salud de la Comunidad y para prestar una atención sanitaria de alto nivel de calidad. En Castellón, a 27 de agosto de 2003
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La Asamblea General del Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos, en sesión celebrada el dia 26 de abril de 2.003, adoptó el acuerdo de aprobar el documento sobre " Las condiciones mínimas para el ejercicio profesional de los médicos interinos y residentes. Estatuto del Médico Interno-Residente" http://www.cgcom.es/not_omc/pdf/medico%20interno%20residente.pdf La Asamblea General del Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos, en sesión celebrada el dia 26 de abril de 2.003, adoptó el acuerdo por mayoria absoluta, de aprobar el documento sobre "Criterios básicos para el ejercicio médico en Atención Primaria" http://www.cgcom.es/not_omc/pdf/atencion%20primaria.pdf
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| Modificación
de la conexión a Internet Conexiones
mediante módem y RTB (Red de Telefonía Básica) Windows
95/98/2000 A
partir del 1 de Abril de 2003, Telefónica Data modifica todos los
números de conexión a Internet a través de Infovía. De este modo, los
teléfonos locales de Infovía que usaban los usuarios para conectarse a
Internet quedarán suprimidos para ser sustituidos por un único número
de teléfono nacional. Estas
instrucciones permiten actualizar la conexión a Internet para usuarios
que utilizan la red de telefonía básica (RTB) y un módem. 1.- Hacer doble clic sobre el icono Mi Pc que se encuentra en el escritorio. Hacer doble clic sobre el icono “Acceso telefónico a redes”. Se abre la siguiente ventana:
2.-
Clicar con el botón derecho del ratón sobre el icono de la conexión del
Colegio. Se despliega un menú en el que clicaremos sobre “Propiedades”.
Se abre una nueva ventana:
3.-
En esta ventana, debemos sustituir el teléfono que aparezca por el
teléfono 901 92 92 00 y clicar
sobre aceptar. Para
Windows XP A
partir del 1 de Abril de 2003, Telefónica Data modifica todos los
números de conexión a Internet a través de Infovía. De este modo, los
teléfonos locales de Infovía que usaban los usuarios para conectarse a
Internet quedarán suprimidos para ser sustituidos por un único número
de teléfono nacional. Estas
instrucciones permiten modificar la conexión a Internet para usuarios que
utilizan la red de telefonía básica (RTB) y un módem. 1.- Hacer doble clic sobre el icono Mi Pc que se encuentra en el escritorio. Hacer doble clic sobre el icono “Panel de control”. Se abre la siguiente ventana:
2.-
Hacer doble clic sobre “Conexiones de red”. Aparece la siguiente
ventana:
3.-
Clicamos con el botón derecho sobre la conexión del Colegio y clicamos
sobre “Propiedades”. Aparece la siguiente pantalla:
4.-
En esta pantalla, debemos sustituir el número de teléfono de nuestra
zona por el número 901 92 92 00 y clicar sobre aceptar para finalizar el
proceso.
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"Junta General del Principado de Asturias - Sociedad Internacional de Bioética (SIBI)" CONVOCATORIA 2003 Organizado por la Sociedad Internacional de Bioética (SIBI) y con el patrocinio de la Junta General del Principado de Asturias (España), se convoca este Premio para el año 2003 sobre Bioética, con las siguientes bases: 1. Los trabajos versarán sobre UTILIZACIÓN DE CÉLULAS MADRE (TRONCALES) CONFINES DE INVESTIGACIÓN Y TERAPÉUTICOS 2. El Premio está dotado con 9.000 Euros (sujetos a los impuestos que correspondan), se acreditará al autor/s con un Diploma y se realizará la edición del trabajo premiado en castellano e inglés. 3. Los trabajos se enviarán a Sociedad Internacional de Bioética (SIBI) C/ Cabrales 48, 1 33201 GIJÓN (España) Únicamente a efectos de información sobre la convocatoria se puede consultar: Tel.: + 34 985 34 81 85 Fax: + 34 985 35 34 37 E-mail: bioética@sibi.org Página Web: www.sibi.orgPara poder optar al Premio los trabajos: habrán de ser inéditos (no se aceptan tesis doctórales, artículos periodísticos o trabajos publicados anteriormente); deberán llegar a la SIBI el 15 de noviembre de 2003 como fecha límite; deberán presentarse por escrito, en castellano o inglés, formato Din-A4, a 40 líneas por página a letra estándar y con una extensión mínima de 80 páginas y máxima de 250 páginas, encuadernados y acompañados del disquete correspondiente en formato Word y de un sobre cerrado con un LEMA, en cuyo interior conste la identidad y dirección completa del autor; .en la portada del trabajo presentado, además del TITULOconstará ese mismo LEMA, por el que se identificará al autor/a/s una vez se produzca el fallo del Premio. 4. El Jurado que valorará los trabajos y fallará el Premio estará constituido por Marcelo Palacios, Presidente del Comité Científico de la SIBI (Gijón, España), Erín Willians (EE.UU), Erwin Bernat (Austria) y Jesús A. Fernández (Oviedo, España), se reunirá hasta tres veces y no mantendrá correspondencia ni relación alguna fuera de su estricto contexto de actuación sobre los trabajos presentados, a excepción de la comunicación del Premio otorgado, a su autor/s y a la Presidencia de la Junta General del Principado. 5. El Jurado fallará el Premio en la 1ª quincena de diciembre de 2003, procediendo en ése momento a la apertura del sobre de igual Lema que contiene la identidad del autor/es del trabajo premiado, que recibirá/n de inmediato la comunicación del fallo. El Jurado podrá declarar el Premio desierto, en cuyo caso el importe del mismo se acumulará para la convocatoria siguiente. 6. La entrega del Premio tendrá lugar en un acto que se celebrará en el Palacio de la Junta General del Principado de Asturias, en fecha que se comunicará oportunamente. 7. Se hará publicidad de la convocatoria y del fallo del Premio, en particular en las paginas web de la Sociedad Internacional de Bioética (SIBI) y de la Junta General del Principado. 8. Los trabajos presentados y no premiados, no serán devueltos a sus autores. 9. La presentación de trabajos a este Premio implica que los autores de aquellos aceptan las bases del mismo.
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Estimados compañeros: El Real Decreto no ha sido todavía publicado, pero en lo que respecta a la diplomatura dice textualmente: 1. Sin perjuicio de las solicitudes que ya se hubieran formulado conforme al Real Decreto1497/1999, de 24 de septiembre, que regula un procedimiento excepcional de acceso al título de Médico Especialista, podrán acceder al título de Médico Especialista en Medicina del Trabajo los Licenciados en Medicina que se encuentren en posesión del Diploma de Médico de Empresa, siempre y cuando acrediten un ejercicio profesional en el correspondiente ámbito por un período mínimo de cinco años, que deberá completarse antes de la finalización del plazo de doce meses a que se refiere el número 2 siguiente. 2. Las solicitudes de expedición del título de Médico Especialista en Medicina del Trabajo, conforme a lo previsto en esta disposición, deberán dirigirse a la Secretaría de Estado de Educación y Universidades del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en el plazo de doce meses a contar desde la entrada en vigor de este Real Decreto. 3. El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, mediante Orden del titular del Departamento adoptada previo informe de la Comisión Nacional de la Especialidad de Medicina del Trabajo, dictará la resolución que corresponda en relación con la expedición del correspondiente título de Especialista. Publicado
en Diariomedico.com el 10/02/03
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LEY DE DERECHOS E INFORMACIÓN AL PACIENTE
El Diario Oficial de la Generalitat Valenciana, en su número 4430, del
31 de enero 2003, publica la
LEY 1/2003, de 28 de enero, de la Generalitat, de Derechos e
Información al Paciente de la Comunidad Valenciana.
En esta Ley se regulan los derechos a la Información sanitaria,
epidemiológica, asistencial, al consentimiento informado a la
libertad de elección y al documento de voluntades anticipadas.
En cuanto a los derechos de documentación, hace referencia al Informe
de alta, la historia clínica y su contenido mínimo obligatorio y
derecho de acceso a la misma por parte del paciente, entre otras
cuestiones.
Es de aplicación desde el día siguiente a su aparición en el DOGV, y
afecta tanto a centros sanitarios públicos como privados, en el ámbito
de la Comunidad Valenciana
Puede consultarse en http://optico.pre.gva.es/L/BASIS/C/DDW?W=C=46383
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DE INTERÉS PARA LOS MÉDICOS CON CONSULTA PRIVADA QUE NO HAYAN REALIZADO LA COMUNICACIÓN DE SUS FICHEROS A LA AGENCIA DE PROTECCIÓN DE DATOS.
LEY ORGÁNICA DE PROTECCIÓN DE DATOS
Informamos a aquellos colegiados con
consulta privada, que todavía no hayan formalizado la comunicación de
sus ficheros ante la Agencia de Protección de Datos, que en plazo
prudencial se dispondrá en este Colegio de un CD elaborado por el
Colegio de Vizcaya para facilitar la elaboración de los documentos
sobre este tema y que distribuirá la OMC a través de los Colegios Médicos.
Los interesados en dicho CD cuyo precio es
de 3 € pueden solicitarlo ya al objeto de poder hacer una previsión
del número necesario de ellos.
Saludos.
Junta Directiva.
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Ante las noticias aparecidas en diferentes medios de comunicación, como consecuencia de la resolución del Tribunal de la Competencia, por la que se sanciona a 17 Colegios Médicos de España, entre los cuales se encuentra el de esta provincia, por cobrar por los Certificados Médicos Oficiales, cantidades distintas a las marcadas por la Organización Médica Colegial (OMC), este Colegio de Médicos de Castellón, manifiesta:
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PREMIR - Centro de Estudios Sanitarios Se encuentra a disposición en este Colegio, un ejemplar de la publicación "1233 respuestas a 1233 preguntas para Médicos", adaptado al temario de las Oposiciones de Atención Primaria de la Conselleria, para su consulta por los interesados.
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Según se publica en Diario Médico del 18/02/00, la
Seguridad Social no puede exigir cotizaciones previas al alta de autónomos. Así, un
medico colegiado con anterioridad a la publicación de la Ley del Seguro Privado
(noviembre/95), que haya iniciado su actividad privada con alta de IAE entre la
publicación de dicha Ley y su modificación a través de la Ley de Acompañamiento del 31
de diciembre de 1.998, solo deberá pagar las cotizaciones de autónomo a partir del día
primero del mes en que solicitó su inclusión en dicho régimen, es decir, siguiendo la
normativa debió solicitar el alta dentro de los tres primeros meses de 1.999. Ver Diario Medico de 17/11/99 y del 18/02/00
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Próximo el periodo de confección de la Declaración del
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas,se recuerda a la colegiación, que según
lo redactado en la Ley 40/1998 de 9 de diciembre que regula el citado impuesto, en su
art.17.3.c.d. se dice que tendrán la consideración de gastos deducibles exclusivamente,
entre otros, los siguientes: c) las cotizaciones a los colegios de huérfanos o similares;
y en d) las cuotas satisfechas a sindicatos y colegios profesionales, cuando la
colegiación tenga carácter obligatorio, en la parte que corresponda a los fines
esenciales de estas instituciones, y con el límite que reglamentariamente se establezca. Ver cuantia para el presente ejercicio en el acceso restringido de esta web
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Estimados compañeros: El pasado día 29 de diciembre se remitió una carta con un cuestionario insertado al pie, relativo al consentimiento o no para recibir correspondencia desde este Colegio profesional y que la Junta considerara podía ser de interés para los colegiados. Me permito recordar que esta medida la tomamos al objeto de cumplir lo preceptuado en la Ley Orgánica de Protección de Datos. Debido a que faltan colegiados por remitir su contestación, y por si hubiera sufrido extravío, recordamos la necesidad de cumplimentación de dicho cuestionario, bien entendido que, de NO RECIBIR CONTESTACIÓN AL CUESTIONARIO en un plano no superior a QUINCE DÍAS, lo entenderemos como NEGATIVA a recibir información, excepto el Boletín Informativo. Castellón, 17 de marzo de 2000. EL PRESIDENTE ---------------------------------------------------------------------------------------------------------- CUESTIONARIO A) Deseo recibir únicamente información de tipo profesional-médica | B) Deseo recibir todo tipo de información que haya sido analizada por la Comisión Permanente: ~ C) No deseo recibir información alguna: | Fecha: Nombre y apellidos: Firma: nª colegiado
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| CONJUNTOS HOMOGENEOS Y PRECIOS DE REFERENCIA En relación a la aplicación a partir del uno de diciembre del sistema de precios de referencia, les comunicamos que la web de la Dirección General para Prestación Farmacéutica de la Consellería de Sanitat, aparece la información relativa a tal asunto
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Para colaborar con Medicus Mundi, se deben realizar los donativos
en Para mayor información dirigirse a la Delegación de Castellón
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Información sobre carbunco (ántrax) El carbunco es
una infección muy antigua, propia de animales herbívoros causada por una bacteria,
Bacillus anthracis. Los animales herbívoros se infectan al ingerir pastos contaminados o
al lesionarse en campos contaminados. El hombre, habitualmente, se infecta por contacto
con animales enfermos o por ingerir (carne) o manipular productos de los animales
infectados (lana, pieles... Terapéutica
antimicrobiana En embarazadas y niños, el tratamiento del carbunco con quinolonas está indicado hasta conocer el espectro de sensibilidad de la cepa y el tratamiento con doxiciclina en los niños de igual manera.
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| DOCUMENTO SOBRE LA ACTUACION SANITARIA DE URGENCIA EN LAS PROXIMIDADES DE UN CENTRO SANITARIO
Introducción Se dan con cierta frecuencia situaciones de alarma social cuando se hace público que una persona ha sufrido un problema de salud en las proximidades de un centro sanitario, que parecía requería intervención médica urgente y ésta no llegó, excusándose en malentendidos o en supuestos problemas organizativos.
Para encontrar un procedimiento de conducta que evite esta situación, el Consejo de Colegios de Médicos de Cataluña y el Departamento de Sanidad y Seguridad Social de la Generalitat de Catalunya han procedido a la constitución de una comisión de expertos 'ad hoc' que ha elaborado la propuesta de recomendaciones a tener en cuenta por médicos y centros ante la situación descrita.
Visto el contenido de tas recomendaciones, el Consejo de Colegios de Médicos de Cataluña y el Departamento de Sanidad y Seguridad Social asumen las recomendaciones propuestas por la Comisión y recomiendan a médicos y centros su acatamiento.
Consideraciones
Cuando un ciudadano requiere atención médica en la calle, y a pesar de que la prestación de esta asistencia deban proveerla los servicios sanitarios habituales, la ley* exige que todos, atendiendo a su deber de solidaridad, presten el auxilio o socorro en la forma y con los medios de que dispongan. El Código de Deontología-Normas de Ética Médica** obliga a todos los médicos a atender, en caso de urgencia, a cualquier persona, sea cual fuere la situación . Por consiguiente, los médicos asistenciales de un Centro Sanitario deberán proveer atención médica en la calle en caso de urgencia excepcional, pese a la posible existencia de reglamentos internos de los centros que tiendan a impedirlo.
Ahora bien, teniendo en cuenta que los Centros Sanitarios con dotación médica y material para atender a enfermos en situación urgente, ya estén ingresados en el propio centro o procedan del exterior, son los lugares donde se concentran los recursos humanos, técnicos y materiales que resultan adecuados para prestar atención médica de primera y urgente necesidad además de hospitalización y, por consiguiente, donde la asistencia a un ciudadano puede resultar más efectiva, habría que convenir (con carácter general) que estando el ciudadano que requiere ayuda en sus proximidades, la conducta más recomendable sería en principio trasladarlo al centro.
Por consiguiente, la posibilidad de mejorar el auxilio a prestar con otro tipo de intervención puede comportar que el/los médico/s asistencial/es permanezca/n en el centro a la espera del traslado a su interior del ciudadano en peligro.
Si el ciudadano no puede trasladarse por sí solo o con la ayuda de alguien, quien tendrá que trasladarlo, sin perjuicio de lo que pudiera resultar de cada situación concreta, será el personal auxiliar del centro dotado del material adecuado.
Y esto sin perjuicio de tener que avisar a los servicios médicos que para la prestación de servicios médicos en la calle tengan previstos la Administración sanitaria y que, en caso de llegar antes del traslado, se harán cargo de la situación, relevando a quien en aquel momento se ocupa de la misma.
Por todo lo expuesto, y atendiendo a las Normas 9, 17, 42, 78 y 100** del vigente Código de Deontología-Normas de Ética Médica del Consejo de Colegios de Médicos de Cataluña, aprobado por la Asamblea General de Médicos de Cataluña de fecha 16 de junio de 1997, la Comisión Asesora*** , conviene las siguientes recomendaciones.
1. El médico tiene la obligación ético-deontológica y legal de prestar asistencia
2. La intervención del médico en las circunstancias descritas en el apartado
3. La proximidad de un ciudadano al que se haya de proveer atención médica
urgencias del Centro en ningún caso puede abandonar la atención a ningún enfermo grave que pueda estar asistiendo en su interior para examinar a otroposible paciente fuera del recinto del Centro.
4. La pretensión de amparo en normativas o reglamentos internos de los
5. El Consejo de Colegios de Médicos de Cataluña apoyará institucional y
6. El Consejo de Colegios de Médicos de Cataluña juntamente con el
De acuerdo con las anteriores recomendaciones y obligaciones de las partes, se firma el presente documento en la fecha, lugar y hora mencionadas.
Anexo.
Código Penal.
* Artículo 195 "E/ que no socorriere a una persona que se halle desamparada y en peligro manifiesto y grave, cuando pudiere hacerlo sin riesgo propio ni de terceros, será castigado con la pena de multa de tres a doce meses. En las mismas penas, incurrirá el que, impedido de prestar socorro, no demande con urgencia auxilio ajeno. Si la víctima lo fuere por accidente ocasionado fortuitamente por el que omitió el auxilio, la pena será de prisión de seis meses a un año y multa de seis a doce meses, y si el accidente se debiere a imprudencia, la de prisión de seis meses a dos años y multa de seis a veinticuatro meses."
Artículo 196 ' El profesional que, estando obligado a ello, denegare asistencia sanitaria o abandonare los servicios sanitarios, cuando de la denegación o abandono se derive riesgo grave para la salud de las personas, será castigado con las penas del artículo precedente en su mitad superior y con la de inhabilitación especial para empleo o cargo público, profesión u oficio, por tiempo de seis meses a tres años."
Código de Deontología. Normas de Ética Médica ** Norma 9 "Todo el mundo tiene derecho a una atención médica de buena calidad humana y técnica. El médico debe cuidar por la preservación de este derecho."Norma 17 "Excepto en los casos de urgencia, el médico puede negarse a prestar asistencia y también puede negarse a continuar prestándola..."Norma 42 "£/ médico tomará las decisiones que crea adecuadas cuando se de una situación de riesgo inmediato grave para la integridad física o psíquica del enfermo..."Norma 78 "£/ médico debe negarse a practicar cualquier acto médico, excepto en caso de urgencia, si considera que no tiene la aptitud necesaria y/o no dispone de los medios adecuados para llevarlo a cabo y también si existe la razonable presunción de que el paciente podría salir perjudicado del mismo. El médico facilitará la asistencia a quien pueda practicarlo."Norma 100 "E/ Colegio de Médicos cuidará que los médicos asalariados puedan desarrollar su tarea dentro de la institución o la empresa en las dignas y debidas condiciones de trabajo."
Componentes de la Comisión Asesora: - Dr. Jaume Padrós Selma (secretario del COMB, coordinador del Gmpo de Trabajo) - Dr. Lluís Asmarais Mercadal (Clínica Sagrada Familia) - Dr. Salvador Benito Vales y Dr. Vázquez Mata (Hospital de Sant Pau) - Dr. Josep Ma Busquéis Font (secretario del Comité de Bioética de Cataluña) - Dra. Ma Isabel Campodarve Botet y Dr. Elies Skaf (Hospital del Mar) - Dr. Francesc Gibert Vives (Hospital de Vilafranca) - Sra. Gemma Hidalgo Corral (abogado del Área de Praxis del COMB) - Dr. Ricardo López Tiñena (Centro Médico Quirúrgico Reus) - Sra. Magda Martínez Pardo (gerente del Área de Praxis del COMB) - Dr. Mauri Santuré y Dr. Carballo Almeida (061 Servido de Urgencias de Barcelona) - Dr. José Milla Santos (Hospital Clínic y Provincial de Barcelona) - Dr. Amado Palou Sanromá (Hospital Creu Roja Hosprtalet) - Dr. Domingo Pafíella Mora (Hospital General de Vic y Comisión de Deontología del COMB) - Dr. Josep Ma Paya Padreny (miembro del Comité de Bioética de Cataluña) - Dr. Carlos Sala Mateus (Hospital Sant Jaume de Calella) - Dr. Antoni San José Laporte (Hospital General de la Valí d'Hebron)
Barcelona, septiembre de 2001 Departamento de Sanidad y Seguridad Social de la Generalitat de Catalunya Consejo de Colegios de Médicos de Cataluña
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Escrito recibido en el Consejo general de Colegios Médicos, que se reproduce a continuación. ASUNTO: TÉCNICA
RADIOLÓGICA
Habiéndose comprobado por parte de este Consejo de Seguridad
Nuclear que
continúan en funcionamiento equipos de rayos x que efectúan radioscopia utilizando
pantalla fluorescente como sistema de imagen, técnica prohibida en la legislación
vigente desde 19921, me dirijo a usted para que, a través de los colegios profesionales, se comunique a sus asociados que es preciso suspender el funcionamiento
de estos equipos a la mayor brevedad posible, sustituyéndolos, en su
caso, por equipos provistos de intensificador de imagen. En los casos en
que este C.S.N. ha
encontrado equipos para radioscopia sin identificador de imagen, se ha procedido
ejecutivamente a la suspensión de funcionamiento de los mismos.
Para deshacerse de estos equipos, se ha de solicitar a una empresa
de venta y
asistencia técnica de equipos de rayos x que proceda a la destrucción o perforación
del tubo de rayos x.
El resto,
se puede tratar como chatarra convencional.
Por otro lado, se ha comprobado por este CSN que en un cierto número
de instalaciones con equipos de radiodiagnóstico, la dosimetría
de los trabajadores expuestos a radiaciones ionizantes era efectuada por centros
no autorizados, por lo que sería muy conveniente que se recordase a los
profesionales, que cuando efectúen
contratos para llevar a cabo las lecturas de los dosímetros, se aseguren que los centros contratados están debidamente autorizados por
el CSN.
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Estimado compañero: Acabado el tiempo de mandato concedido a la actual junta de gobierno del colegio de médicos, quiero pasar a comunicaros los nombres de las personas y el proyecto de trabajo para los próximos cuatro años en el colegio de médicos en el que seguiremos trabajando, si continuamos manteniendo vuestra confianza y voto. La lista de la candidatura es la siguiente....
D. José A. Herranz Martínez - Presidente D. Francisco Bertomeu Blanch - Vicepresidente 1º D. Juan Beltrán Fabregat - Vicepresidente 2º D. José Mª. Mey Almela - Secretario General D. Manuel Garrido Siero - Vicesecretario D. Ildefonso Alamillo Sanz - Tesorero-Contador D. Enrique Argüello Roca - Vocalía Médicos Titulares D. Albert Cortilla Santamaría - Vocalía Medicina Extrahospitalaria D. José Ventura Remolar - Vocalía Medicina Rural D. Juan A. Royo Prats - Vocalía Hospitales D. Victorino Aparici Simón - Vocalía Ejercicio Libre D. Vicente Boix Rajadell - Vocalía de Asistencia Colectiva Dª. Nuria Tornado Gaya - Vocalía Médicos Licenciados en los 5 Años y /o en formación. D. Leonidas López Martínez - Vocal de Médicos en desempleo D. Manuel Barrera Roures - Vocal Médicos Jubilados D. Alfonso Segura Villanueva - Vocal de Medicina del Trabajo
Quiero comunicar que el mismo día de la proclamación y en el mismo acto, si esta candidatura resultara electa esta lista seria ampliada con cuatro nuevos miembros: Don José Mª Castillo - Vicepresidente Don Rafael Rodriguez - Vicepresidente Don Francisco José Llopis - Vocal de Urgencias hospitalarias Don Jose Luis Meseguer - Vocal de Urgencias Extra/Hospitalarias por razones de operatividad y necesidades de trabajo que continuación expongo:
Nuestro Objetivo: Ser un Colegio Plural, Participativo y Abierto a todos los colegiados. Para ello necesitamos..... Nueva redacción de estatutos colegiales. -La Ley de colegios profesionales de nuestra comunidad nos obliga a modificar los estatutos colegiales actuales., Además, los nuevo tiempos, el actual ejercicio de la medicina, hacen necesario ampliar la junta de Gobierno con nuevas vicepresidencias y vocalias. Tienen peso especifico por pertenecer a cada una de ellas, un numero suficiente de compañeros, la creación de las vocalias de urgencias hospitalarias, vocalia de urgencias extrahospitalaria, vocalia( Hasta ahora sección) de medicinas alternativas. Programa de formación y de acreditación. La evolución de nuestra profesión hace indispensable la actualización de conocimientos médicos, es una de las bases fundamentales de nuestro colegio la realización de cursos de formación. Actualmente , estamos manteniendo reuniones con sociedades médicas, el Instituto Médico Valenciano, y la EVES, ya que la certificación y acreditación de la formación postgrado, tras los acuerdos, Ministerio de Educación, Ministerio de Sanidad y Organización Médica Colegial, pudieran facultar a los colegios profesionales de médicos como acreditadores de la formación de postgrado. Durante el tiempo de gobierno actual, se consiguió por primera vez en la historia del colegio, un acuerdo con la Universidad de Valencia y el departamento de Medicina de la Facultad de Medicina de Valencia, que permitió que pudieran impartirse en nuestro Colegio Cursos de Postgrado y de Doctorado dando opción a nuestros colegiados, un número mayor de inscripciones y la posibilidad de realizarlos en nuestra sede colegial en lugar de trasladarse a Valencia. Verdaderamente esto no fue fácil, pero la relevancia del hecho nos animará a intentar consolidar estos cursos tan deseados por nuestros colegiados. En la sede del Consejo Valenciano de Colegios de Médicos, concretamos la creación de unas jornadas de evaluación de problemas profesionales en el desarrollo actual de la profesión, que con carácter itinerante se establecerán todos los años en Alicante Valencia y Castellón. La OPE actual, nos demanda la realización de cursos para la elaboración de memorias. Estamos actualmente en ello, y ya se ofertó el primero de los cursos al respecto. Cabe resaltar, durante esta candidatura, el que logramos la creación, uso y disfrute, con una rotación imparable, de un aula informática que está siendo muy apreciada continuamente por nuestros colegiados y familiares, nuestro compromiso de mejora de aula va por delante. Como consecuencia, la oferta de Internet a través de nuestro propio dominio @ comcas.es ( Colegio Oficial Médicos Castellón), pagina Web htpp://www.comcas.es, y la colaboración desinteresada de la comisión de informática (Drs.Cortes Espada, Negre, Belmonte, y Herranz) Continuará y esperamos que aumente en número de personas y calidad de servicios. Como nueva oferta, estamos concretando una biblioteca virtual, que ofrecerá mas de 50 revistas médicas de especialidades y acceso a diversas bases de datos médicas Nueva sede colegial La gestión económica en los últimos años del Colegio, como conocéis por las Asambleas, ha sido excepcional. El incremento de colegiados, la no adecuada distribución de espacios en la sede colegial, la dificultad de aparcamiento, el incremento del precio de los locales actuales, favorecen la posibilidad de cambio de sede. Ya hemos mantenido conversaciones y existe un proyecto para una sede conjunta, un edificio común con otras profesiones sanitarias; Odontologos, Farmaceuticos, Veterinarios, ATS-Dues, donde se compartirían salas comunes e incluso servicios, como administración, seguridad, servicios jurídicos, etc., en caso de no poderse llevar a cabo este proyecto, de integración de servicios, lo intentaríamos de forma individual, buscando una nueva sede colegial con mejores espacios y posibilidades de uso. Responsabilidad Civil Profesional y Tribunales de arbitraje Uno de los éxitos de la candidatura actual ha sido el poder culminar la creación de los tribunales de arbitraje para dirimir las diferencias entre profesionales y usuarios de los servicios profesionales de los médicos. Esta realidad conseguida a través de Unión Profesional de Castellón (Agrupación de Colegios Profesionales de Castellón), nos es pieza fundamental para que en el próximo año, podamos contratar a través de nuestra propia correduría de seguros, una póliza de responsabilidad civil que permita dirimir y que acepte las resoluciones del Tribunal de Arbitraje, esto va a permitir solucionar de forma rápida y efectiva las diferencias entre usuario y médico, evitando otros tribunales que ya no serán necesarios y ofertando soluciones arbitradas por profesionales, usuarios y responsables de Unión Profesional. Acompañando a todo esto, el Colegio seguirá patrocinando los servicios necesarios para la contrademanda si fuera requerida por el médico. Empresas asociadas.. correduría de seguros Nuevos tiempos... nuevas formulas de gestión... necesidades de servicios... Ya en tiempos de juntas presididas por el Dr. Enrique Simón y Dr. Pablo Prada, hablábamos de la posibilidad de creación de una correduría de seguros por nuestro colegio profesional, hoy ya realidad. Las pólizas de seguros, de todo tipo, Responsabilidad Civil, automóvil,Vida, fondos de pensiones, vivienda, etc.. son de muy corriente utilización por nuestro colectivo, el aumento de la salarización del médico que necesita conseguir mejoría en los precios, el deterioro de entidades aseguradoras y la limitación de ofertas por algunas Cías. de seguros, herencia de la profesión y transformadas en emporios casi personales, así como el ejemplo de otros colegios de médicos de nuestro entorno geográfico, Alicante, Barcelona... que comenzaban a organizar sus propias corredurias, nos animó a trabajar en este sentido y crear ASECOL, Asesoría de Seguros Colegio de Médicos, hoy esta empresa que comenzó con la contratación de un profesional de la rama del seguro y la firma de acuerdo de colaboración con la correduría del Colegio de Médicos de Barcelona, es una realidad, ya con tres trabajadores, está dando un servicio cada vez más apreciado a los colegiados y familiares, así como unos resultados económicos positivos. La correduría del colegio, en clave de servicio al colegiado, aconseja a los interesados las posibilidades de pólizas que más convienen en cada situación, y en defecto de otra póliza mejor, oferta un abanico de ellas negociadas con cada Cía. de seguros con la mejora que se consigue a través de la masa critica que ofrece un colectivo como el nuestro, consiguiendo además de una importante rebaja en los precios, un nivel de calidad máximo. Como Colegio, se ha logrado también en esta candidatura el poder asegurar de vida a todo nuestro colectivo con doscientas cincuenta mil pesetas, por fallecimiento. Si la evolución de la gestión económica continua con la misma línea ascendente que en la actualidad, será posible un aumento en la prima asegurada a lo largo de esta candidatura. Como colectivo, nuestro importante número.. casi 1900 personas, y homogeneidad, nos otorga la posibilidad de que se fomente la creación para el que lo necesite, de servicios especiales... la creación de club de bolsa y de inversión, así como también que otras empresas de tipo financiero nos ofrecen acuerdos que mejoren nuestra capacidad de acceso a créditos y servicios bancarios en condiciones preferentes y uso de servicios y descuentos especiales en uso de Hoteles, viajes, telefonía etc. Otro servicio demandado por el médico, la Asesoría Laboral y Juridica, intentaremos que el costo del profesional que lleve las demandas del colegiado, sea lo mas cercano a cero, consideramos que este servicio debe ser dado por el colegio para las reclamaciones profesionales que afecten a el colectivo, así que los logros conseguidos en los tribunales sean expuestos y comentados en el boletín informativo. Relaciones con Organizaciones Sindicales
Las relaciones del colegio con Sindicatos, son francas y cordiales, esperamos a lo largo de esta candidatura aumentarlas y mantenemos el ofrecimiento de nuestro Boletín para publicación y difusión de sus crónicas.
Boletín Informativo. En la actual candidatura se ha mejorado el formato y el contenido, pasando a ser una revista, nuestro compromiso de informar en ella y apoyar a el Comité de Redacción actual. Programa de Atención al Medico Enfermo(PAIME) Este servicio tiene la finalidad de asistir integralmente a todos los médicos que padezcan problemas psíquicos o conductas adictivas; permite asegurar que reciben el tratamiento necesario y en consecuencia podrán ejercer la medicina en las mejores condiciones posibles. Este programa, pionero desde 1998 por el Colegio de Médicos de Barcelona, está realizando una excelente labor y consideramos necesario implantarlo en nuestra Comunidad.
Resumen de programa general por Vocalias. (Posteriormente será debidamente ampliado por cada candidato electo) Nueva creación, por necesidades, peculiaridades particulares del ejercicio profesional de vocalías de Urgencias hospitalarias, vocalía de Urgencias extrahospitalarias, Vocalía de Medicinas alternativas.
Vocalia de Jubilados Tras conseguir el uso de talonario de recetas para nuestras familias, vamos hacia la reducción de la edad para paso a colegiado honorífico a los 65 años, con exención de cuotas colegiales. Creación de una sección de jubilados de Unión Profesional de la Comunidad Valenciana, para obtener servicios como profesionales (viajes, conferencias, etc....) y continuar informando de cómo continuamos en el caso de intentar conseguir se destope la pensión máxima de jubilación.
Vocalía de médicos en desempleo y precariedad de empleo Ratificamos nuestra solicitud y empeño como profesionales, de poder estar en las mesas de contratación de médicos y bolsas de trabajo acompañando a los sindicatos, con voz, pero sin voto, como observadores neutrales y parte interesada. Luchar contra la precariedad laboral, tanto en Hospitales como en Atención Primaria, reclamando un contrato digno junto con las organizaciones sindicales de médicos.
Vocalia de Médicos de Asistencia Colectiva Ratificamos nuestro compromiso y apoyo para conseguir una mejor valoración económica de los actos médico-quirúrgicos por parte de las compañías de asistencia colectiva en nuestra provincia.
Vocalia de extrahospitalaria,hospitales,rurales, titulares, medicina del trabajo. Las condiciones actuales en el desarrollo de nuestro ejercicio profesional, no son en algunas situaciones las mas aconsejables profesionalmente, jornada laboral, salud laboral, tiempos de trabajo, condiciones laborales, retribuciones económicas, permiten optimización. Nuestro compromiso es de colaborar, dinamizar y crear el movimiento profesional necesario para mejorar la situación profesional y social del médico. Promover que en todos los centros sanitarios existan unas condiciones mínimas de tecnología y calidad de vida profesional. Vocalía de Medicina libre La lucha contra el intrusismo profesional y no profesional de la medicina, la adecuación de las consultas privadas y recabar menos carga fiscal al ejercicio libre.
Vocalia de médicos de menos de 5 años de ejercicio y en formación Continuar con la formación de postgrado adecuada a las necesidades actuales, ofertando formación continua y especifica, con el soporte de nuevas tecnologías que faciliten los procesos de acreditación, certificación y competencia profesional de los colegiados en el ámbito europeo. Para intentar conseguir estos objetivos, necesitaremos vuestro apoyo y vuestro VOTO, el próximo día 9 de Mayo, día de elecciones a la Junta de gobierno del Colegio de Médicos.
Para ello, bien ese día en la urna o hasta esa fecha por correo, os pedimos vuestro VOTO y apoyo. Una mayor participación refrendará el papel del Colegio de Médicos en la sociedad.
En nombre de la candidatura. José Antonio Herranz Candidato a Presidente-candidatura A
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Estimado compañero: Por primera vez en la historia reciente del Colegio Oficial de Médicos de Castellón, dos candidaturas concurren a las elecciones para escoger a la nueva Junta de Gobierno. También por primera vez, el voto supone la elección de una candidatura conjunta, algo que debería revertir en un equipo de gobierno coherente, que trabaje conjuntamente más allá de su área de especialización, uno de los puntos esenciales de la candidatura que en este momento te presentamos. Como característica de nuestra candidatura renunciamos a hacer promesas que no podemos cumplir hasta conocer en profundidad los objetivos, las competencias y la problemática del propio Colegio Oficial de Médicos de Castellón. Como meros observadores, también nosotros nos hemos preguntado para qué sirve el Colegio, hasta dónde llegan sus posibilidades o cómo podemos mejorarlo para que todos nos sintamos mejor representados y más partícipes. Además de la renovación de los estatutos, las comisiones deontólogicas, mediación con las autoridades sanitarias y todas las atribuciones concedidas al Colegio por la Ley de Colegios Profesionales, pensamos que nuestra principal tarea es la de acercar el Colegio al colegiado y conseguir que todos participemos más en las actividades que se puedan organizar desde la entidad. Nuestra propuesta se caracteriza por el dinamismo y la representatividad, respecto a la participación de médicos de la provincia y especialmente en lo que se refiere a la mayor presencia de mujeres en la candidatura. Por todos estos motivos, deseamos que estas elecciones supongan el inicio de esta aproximación, especialmente si se tiene en cuenta que sólo el diez por ciento de los colegiados votó en las últimas elecciones. Por ello desde esta candidatura, te pedimos que el próximo 9 de mayo acudas a votar, sea cual sea tu opción, pero vota y colabora de este modo con la democratización del proceso electoral y mayor representatividad del Colegio Oficial de Médicos de Castellón.
Juan Antonio Guzmán Martí Sixto Barberá Ferrando Candidato a Secretario-Candidatura B Candidato a Presidente Candidatura B
NUESTRA CANDIDATURA. B.
D. Sixto Barberá Ferrando - Presidente D. Juan José Navarro Navarro - Vicepresidente 1º Dª. Mª. Dolores Aicart Bort - Vicepresidente 2º D. Juan A. Guzmán Martí - Secretario General D. Vicente Escuriola García - Vicesecretario Dª. Marta Faubel Serra - Tesorera-Contadora D. Gregorio Fernánadez Arnáiz - Vocalía de Médicos Titulares D. Enrique Almenar Cubells - Vocalía Medicina Extrahospitalaria D. Jorge de la Torre Edo - Vocalía de Medicina Rural D. Antonio Peris Trías - Vocalía Médicos Asistencia Colectiva D. Enrique Cervelló Grima - Vocalía de Médicos de Hospitales D. José A. Aparici Gallart - Vocalía Médicos Ejercicio Libre D. Rafael Puig Granell - Vocalía de Médicos Jubilados Dª. Susana Forcada Bagant - Vocalía de Médicos Licenciados en los 5 últimos años y/o en formación Dª. Mª. Lourdes Calduch Herrera - Vocalía Médicos en Desempleo. Dª. Amparo Nebot Far - Vocalía Médicos Empresa
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MANUAL DE SALUD DE LOS EXAMENES DE SALUD EN LA EDAD ESCOLAR Se encuentra a disposición de los colegiados el Manual de Salud de los Exámenes de Salud en la Edad Escolar, así como la Orden de 27 de febrero de la Consellería de sanidad por la que se establece el Informe de salud del escolar como documento sanitario obligatorio para el acceso a un centro escolar o para el inicio de la etapa educativa.
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ORDEN de 16 de mayo de 2001, de la Conselleria de
Sanidad, por la que se establecen los requisitos y condiciones básicas de
autorización y funcionamiento para consultas de profesionales sanitarios.
El Decreto 27/87, de 30 de marzo, del Consell de la
Generalitat Valenciana, establece el marco normativo sobre autorización y
registro de centros, servicios y establecimientos sanitarios en el ámbito
de la Comunidad Valenciana. La orden de 10 de abril de 1989, de la
Conselleria de Sanidad y Consumo, regula el procedimiento de autorización
de los centros, servicios y establecimientos sanitarios. Esta norma desarrolla el Decreto 27/87, de 30 de
marzo, del Consell de la Generalitat Valenciana, de acuerdo con lo
dispuesto en su disposición final, y en relación a lo que se establece
en el artículo 10, del citado decreto autonómico. La consolidación del sistema de autorización, la
experiencia acumulada durante estos años y la evolución en el sector
sanitario; hacen necesaria la adaptación de la norma a nuevas necesidades
y criterios, de modo que los preceptos señalados en el Decreto 27/1987
permanecen vigentes y son complementados por lo dispuesto en esta orden,
fundamentalmente dirigida a garantizar la calidad de las consultas,
diferenciando sus requisitos según tipos de centro. El objetivo fundamental del proceso autorizador es
garantizar desde el ámbito administrativo, el derecho a la seguridad y la
salud mediante el ejercicio de profesionales debidamente formados. El
establecimiento de requisitos y la exigencia de su cumplimiento persigue
elevar la calidad de los servicios que reciben los ciudadanos. La presente orden regula los requisitos y condiciones
básicas de autorización y funcionamiento de las consultas de
profesionales sanitarios, tanto públicas como privadas, que en razón de
su titulación académica oficial están facultados para la prestación de
servicios sanitarios de carácter, preventivo, diagnóstico, terapéutico
o rehabilitador, generales o especializados. Estos requisitos se entienden con carácter de mínimos
y serán de obligado cumplimiento en todos los centros, servicios y
establecimientos sanitarios en tanto no se regulen de forma específica
las distintas especialidades del sector. Haciendo uso de la autorización concedida por la
disposición final del Decreto 27/1987, de 30 de marzo, oído el Consejo
Jurídico Consultivo de la Comunidad Valenciana, de conformidad con lo
establecido en los artículos 2.5 de la Ley 10/1994, de 19 de diciembre,
de creación de este alto órgano, y en el artículo 73 de su reglamentación,
aprobado por Decreto 138/1996, de 16 de julio. ORDENO Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación Constituye el objeto de esta orden establecer los
requisitos y condiciones técnicas que deben cumplir, las consultas de los
profesionales sanitarios, tanto públicas como privadas, ubicadas en el
territorio de la Comunidad Autónoma Valenciana, para su autorización
administrativa de instalación y funcionamiento. Estos requisitos y normas básicas, fijadas en el
anexo, serán de aplicación a todos los centros, incluidos aquellos que
dispongan de normativa específica, sin perjuicio del cumplimiento de la
misma. Articulo 2. Consulta A los efectos de la presente orden se considera: Consulta: el conjunto organizado de instalaciones y
medios técnicos que dan soporte al profesional sanitario que de acuerdo a
su titulación académica oficial realiza actividades de promoción de la
salud, prevención, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación. Articulo 3. Condiciones y requisitos Las condiciones y requisitos básicos serán los
establecidos en el anexo único que forma parte de la presente orden. Cuando por su complejidad, especificidad,
peligrosidad, tecnología utilizada o cualquier otra circunstancia en las
actividades descritas en la memoria que acompaña a la solicitud
presentada lo exijan, siempre de forma motivada, se podrá requerir por
parte de la administración cuantas aclaraciones o documentos se
consideren oportunas con el fin de salvaguardar la seguridad y la salud de
los usuarios de estos centros. Artículo 4 1. A las autorizaciones de las consultas les será de
aplicación el régimen previsto en el Decreto 27/1987 de 30 de marzo, del
Consell de la Generalitat Valenciana, sobre autorización de centros,
servicios y establecimientos sanitarios, así como las que puedan existir
del régimen general aplicable. 2. Para la obtención de la autorización de
funcionamiento de dichos centros deberá objetivarse que los mismos reúnen
los requisitos exigidos en el anexo único de la presente orden. Artículo 5 Los titulares de los centros serán los responsables
del cumplimiento de los requisitos y condiciones contenidas en la presente
orden, estando obligados a observar las disposiciones que rijan en materia
de prevención de riesgos laborales y eliminación de residuos. Artículo 6 Las infracciones a lo previsto en la presente orden
se sancionarán de acuerdo con lo establecido en la Ley 14/1986, de 25 de
abril, General de Sanidad, y el Decreto 27/1987, de 30 de marzo, del
Consell de la Generalitat Valenciana y lo dispuesto en el Decreto 44/1992. Disposición transitoria 1. Los centros y servicios incluidos en el ámbito de
aplicación de esta orden, que en el momento de su publicación, no estén
en posesión de la autorización administrativa de funcionamiento, deberán
adecuarse a lo establecido en esta orden, solicitando la correspondiente
autorización de funcionamiento en un plazo no superior a seis meses,
contando a partir del día siguiente de su publicación en el Diari
Oficial de la Generalitat Valenciana. 2. Los centros que estén autorizados con fecha
anterior a la publicación de la presente orden, tendrán un plazo de un año
para presentar la declaración de cumplir los requisitos básicos
enunciados en el anexo. Disposición adicional La autoridad sanitaria competente podrá
inspeccionar, con la periodicidad que estime oportuna, el mantenimiento de
las condiciones establecidas en la presente norma , así como el efectivo
cumplimiento de los demás requisitos establecidos en el Anexo de la
presente orden. Disposición final Única Se faculta a la directora general de la Agencia para
la Calidad, Evaluación y Modernización de los Servicios Asistenciales
para la ejecución de lo dispuesto en la presente orden y su posterior
desarrollo normativo específicamente en la modificación del anexo. Valencia, 16 de mayo de 2001.– El conseller de
Sanidad: Serafín Castellano Gómez. ANEXO Condiciones y requisitos básicos de las consultas Espacios físicos Sin perjuicio de cumplir con el Real Decreto
486/1997, de 14 de abril. Deberán disponer de las áreas diferenciadas
siguientes: Recepción y/o sala de espera (superficie mínima de
8m2). Consulta: será de las dimensiones adecuadas con una
capacidad suficiente para una mesa de entrevistas, sillas de confidente,
camilla de exploración, negatoscopio, lampara de exploración (en función
de la actividad reflejada en la memoria). La zona de exploración dispondrá
de lavamanos. Las consultas objeto de esta orden no podrán
compartir locales o zonas comunes con ninguna actividad comercial o
profesional diferente a la sanitaria. Si la especialidad requiere técnicas de diagnóstico
o tratamientos especiales deberán contar con una sala de 15m2 como mínimo,
dotada de equipamiento preciso. Aseos: integrados en el centro con lavamanos e
inodoro. Los centros que comparten locales con espacios destinados a
vivienda deberán contar con aseos de uso exclusivo para el centro
sanitario. Si la planta física dispone de más de un nivel, con
una diferencia superior a 1,50 m se garantizará el transporte vertical de
pacientes con los medios adecuados. El centro contará con iluminación y señalización
de emergencia. Siempre que se realicen técnicas intervencionistas
deberá contar con los medios necesarios para una posible reanimación. Personal Relación de la plantilla de personal sanitario
debidamente colegiados con indicación de la dedicación, titulación,
servicio que realiza y jornada laboral. Nombramiento expreso de un profesional sanitario como
director técnico o responsable de la actividad asistencial. Requisitos de funcionamiento Se realizará historia clínica individual, redactada
de forma legible, cuya obligatoriedad, contenidos mínimos exigibles,
requisitos, confidencialidad y formas de acceso está recogida por el
Decreto 56/1988, de 25 de abril, del Consell de la Generalitat Valenciana. Cuando se realicen técnicas diagnósticas y terapéuticas
que precisen la utilización de instrumental estéril no fungible, deberán
contar con un sistema de esterilización con capacidad suficiente y
protocolo de esterilización. La eliminación de residuos sanitarios deberá
realizarse de conformidad con la normativa específica de la Comunidad
Valenciana según lo previsto en el Decreto 240/1994, de 22 de noviembre. Sólo podrán utilizarse productos sanitarios que
cumplan con lo regulado en el Real Decreto 414/1996, de 1 de marzo, y demás
normativa vigente. Información y publicidad De acuerdo con lo establecido en el artículo 7 de la
Orden de 22 de abril de 1998, por la que se regula el Registro Oficial de
Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios de la Comunidad
Valenciana, el certificado de inscripción en el mencionado registro,
estará expuesto en lugar visible al público y con la obligación de ser
mostrado, en caso de ser demandado por cualquier usuario. El número de registro sanitario, se hará constar
junto al nombre y dirección del mismo, en sus mensajes informativos y
publicitarios, así como en los documentos de trascendencia pública. Hojas de reclamaciones Se dispondrá de hojas de reclamaciones a disposición
de los pacientes o acompañantes, de acuerdo con lo establecido en el
Decreto 77/1994, de 12 de abril, del Gobierno Valenciano, por el que se
regulan las hojas de reclamaciones de los consumidores y usuarios de la
Comunidad Valenciana. ____________________________________________ Se indican direcciones donde pueden encontrar información sobre los trámites a realizar, asi como la obtención de los impresos que se deben presentar http://www.san.gva.es/tramites/tramite1.htm ftp://ftp.gva.es/siap/preimpresos/castellano/19020.pdf Para mas información, dirigirse al Colegio
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Oposiciones
y traslados Según nos informa la Conselleria de Sanidad, se ha puesto en marcha el servicio en internet para la consulta de los resultados actualizados de las convocatorias de personal, modificaciones, etc. Para ello, se debe consultar en: en el apartado de OPOSICIONES Y TRASLADOS
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FONDO BIBLIOGRAFICO DEL COLEGIO Habiendose publicado recientemente el libro "TRATAMIENTO DE LAS ADICCIONES". el colegiado D. Miguel Angel Beltran Viciano, ha cedido tres ejemplares del mismo, para su inclusión en la biblioteca de este Colegio, los cuales se encuentran a disposición de la colegiación para su consulta.
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Como
ya hemos venido informando, en base al acuerdo firmado con la Fundación
para la Formación de la OMC, disponemos ya en nuestro Colegio de la
posibilidad de acceso a la Biblioteca Virtual GALENICS. En horario colegial se puede tener acceso gratuito a
las siguientes Bases: (libros y revistas electrónicos suscritos por dicha
Biblioteca.) Índice de contenidos: Recursos
de información y documentación en español ·
Bases
de datos Nacionales. ·
Revistas
a texto completo. Recursos de información y documentación en inglés. ·
Bases
de datos Internacionales ·
Revistas
a texto completo. ·
Libros
en soporte electrónico. ·
Years
books. Programas de desarrollo propio. ·
D.S.I.
Sistema de alerta bibliográfica. ·
Motor
de interrogación a las bases de datos de National Library en español. Confiamos que esta oferta sea sólo el comienzo de
otras oportunidades que estamos trabajando. El Servidor GALENICS será quien preste el soporte técnico
a un servicio tan ambicioso como el que hemos descrito. |
PREMIO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN "FUNDACIÓN COLEGIO DE MÉDICOS DE CÓRDOBA" PATROCINADOR: BARCLAYS BANK 1.- El premio tendrá carácter nacional y podrán concurrir a él todos los médicos españoles, 2.- Las solicitudes se basarán en trabajos de investigación finalizados y PUBLICADOS en el 2001-2002 3.- Los médicos que deseen concurrir al premio deberán enviar un original y dnco copias. 4.- Los trabajos se adaptarán a los siguientes apartados: a) Título del proyecto. b) Nombre del autor/es, institución donde se ha realizado y dirección. c) Antecedentes bibliográficos y justificación del estudio y descripción de las técnicas y métodos empleados. d) Objetivos del proyecto de investigación. e) Ámbito del estudio y descripción de las técnicas y métodos empleados. f) Resultados. g) Análisis de los resultados. h) Conclusiones. i) Bibliografía seleccionada. 5.- Los solicitantes de los premios podrán ser requeridos con suficiente antelación para hacer la presentación pública de su trabajo en una sesión específica, durante un tiempo no superior a quince minutos. 6.- El ganador del premio será invitado a dar una conferencia sobre su actividad científica en el Acto de entrega del mismo. Composición del Jurado: El premio será adjudicado por un jurado de 5 miembros nombrados por el Comité Científico de la Fundación Colegio de Médicos de Córdoba, con la participación de un representante Barclays Bank, que actuará como Secretario del jurado, con voz pero sin voto. El fallo del jurado será hecho público antes de 30 días del final de la convocatoria y tendrá carácter inapelable. En caso de que el jurado declarara desierta la concesión de los premios, la Fundación Colegio de Médicos de Córdoba destinará el importe de los mismos a becas, proyectos, estudios, etc..., valorados por el Comité Científico de la Fundación Colegio de Médicos de Córdoba y ratificados por la Junta Directiva, tras la cual se realizará la oportuna convocatoria pública. Plazos: Los trabajos deberán estar en poder de la secretaría de la Fundación antes del día 30 de Septiembre independientemente del medio que se utilice para su envío. Dotación: La dotación del premio será de 5.000 € más un accésit del.OOO € Envío: • Todas las solicitudes serán remitidas a: Fundación Colegio Oficial de Médicos de Córdoba. Colegio Oficial de Médicos de Córdoba Ronda de los Tejares, 32-4' Planta 14001 - Córdoba |