Eventos
Bolsa de trabajo
Licenciado en Medicina - UMIVALEPublicada: agosto 25, 2010
Caduca: septiembre 25, 2010
Licenciado en Medicina Física y Rehabilitación
Publicada: agosto 10, 2010
Caduca: septiembre 10, 2010
Se precisa Anestesista Infantil
Publicada: agosto 10, 2010
Caduca: septiembre 10, 2010
Zona Restringida
| Protección Social |
|
La Fundación Patronato de Huérfanos de Médicos Príncipe de Asturias, concede dos tipos de ayudas: las prestaciones educacionales y las asistenciales. Pueden beneficiarse de ellas todas aquellas personas que hayan sido médico colegiado, viudo o huérfano de médico colegiado o personal empleado de plantilla de cualquier colegio provincial de médicos o del Consejo General, siempre que éstos hayan decidido voluntariamente pertenecer como asociado protector de la fundación. PRESTACIONES EDUCACIONALES Para beneficiarse las prestaciones educacionales, es necesario es necesario ser huérfano de colegiado (o hijo de colegiado inválido o jubilado, a su vez beneficiario de la Fundación). También es necesario no haber cumplido los 25 años en el momento de ingreso en la Fundación. Los requisitos para obtener una prestación educacional mensual son:
Deberán solicitarse en el plazo de tres meses desde el fallecimiento del progenitor, abonandose con carácter retroactivo desde la fecha en la que ocurrió el citado fallecimiento. Las cuantias ascienden en el presente ejercicio 2.010 a:
Los requisitos para obtener las prestaciones educacionales por becas, libros y matriculas son:
El plazo de solicitud es desde el 1 de octubre al 30 de abril del curso académico correspondiente. Las cuantías económicas para el presente curso 2009-2010 son:
Al finalizar los estudios, la Fundación abona al huérfano, los gastos correspondientes a la expedición del título académico, mediante la oportuna justificación del pago de los derechos de eexpedicíón del mismo. PRESTACIONES ASISTENCIALES Para disfrutar de las prestaciones asistenciales de la Fundación Patronato de Huérfanos de Médicos Príncipe de Asturias, es necesario que los beneficiarios no tengan recursos económicos suficientes y que sus ingresos, por todos los conceptos, sean inferiores a los topes establecidos anualmente por la Fundación. Así, nos encontramos con: Prestación asistencial para médicos
Prestación asistencial para familiares de médicos
|



