Comentarios de Presidencia
LEY DE LOS PRECIOS DE REFERENCIA
José R. Sanz Bondía
La ley sobre los precios de referencia, va a permitir el cambio de un medicamento determinado y prescrito por un médico, por otro fármaco genérico de menor coste, por un farmacéutico y con ello contener el gasto en el apartado de prescripción farmacéutica.
Esta ley que da la impresión de ser aprobada en la actual legislatura y al parecer con carácter de urgencia, esta siendo valorada en general con bastante indiferencia por el colectivo médico, no llegando a valorar el verdadero impacto que va a suponer esta decisión, que sin duda van a tomar nuestras autoridades sanitarias con carácter prioritario y preferente.
Existen una serie de conceptos que quizás no sean bien conocidos o recordados por nuestro colectivo y que me voy a permitir a exponer con el fin de entender bien el verdadero problema que se nos avecina.
1º) Un medicamento genérico es aquel que posee el mismo principio activo (efecto farmacológico) que un fármaco de marca, idéntica forma de presentación ( solución, comprimido, cápsula etc.) e igual dosificación;
pudiendo variar la forma de elaboración y los excipientes que lo acompañan.
2º) Biodisponibilidad y bioequivalencia, son dos conceptos que nos indican la velocidad que un fármaco alcanza la circulación sistémica y la proporción del mismo que existe en la misma en un momento determinado.
3º Interrelación farmacológica, es una cuestión muy importante a tener en cuenta, por la muy frecuente situación de multimedicación de los pacientes y que pueden llegar a producir potenciación o anulación del efecto farmacológico deseado en la prescripción.
De la consideración de todos estos conceptos, llegamos a la conclusión de los múltiples problemas que se van a producir en un futuro y que de un modo resumido quiero exponer en este articulo.
Por una parte no se nos asegura y estoy en el convencimiento de que las diversas marcas con un mismo genérico no van a sufrir el rigor de un ensayo clínico en fase I, que es el que garantiza con un rigor científico aceptado, que la biodisponibilidad y bioequivalencia de las distintas marcas con un mismo genérico es idéntica. Un ensayo clínico en fase I consiste en la valoración de un genérico determinado en cuanto a biodisponibilidad y bioequivalencia con un fármaco de una determinada marca comercial con el mismo genérico. Los ensayos clínicos en fase I, se realizan con personas sanas, que aceptan voluntariamente someterse a este tipo de estudio.
La experiencia semejante en algunos países europeos con precios de referencia (pocos, unos tres o cuatro), tuvo serios problemas, que se intentaron paliar, admitiendo que cualquier modificación que sugiriera el farmacéutico, debería ser conocida previamente por el médico y autorizado el supuesto cambio o bien aceptar el farmacéutico la indicación realizada por el medico de prohibir la sustitución sin más. La ley sobre la sustitución del medicamento, es cierto que va a permitir la prohibición de la sustitución de un fármaco por otro cuyo genérico aparente, sea mas barato, por parte del médico, pero tras un informe justificativo del porqué se solicita dicha prohibición, un matiz importante, coercitivo y muy incomodo de realizar en la practica.
En el caso de los fármacos de liberación lenta y de mantenimiento de unos niveles determinados durante 24 horas y que tienen cada vez una mayor presencia en la industria farmacéutica, los temas de biodisponibilidad y bioequivalencia son extraordinariamente complicados y de muy difícil solución, por lo que en este tipo de presentaciones se intuyen grandes polémicas y problemas de relación con los farmacéuticos.
Este tema sobre la ley de los precios de referencia no debería ser un problema económico, que al parecer lo es, y así deben entenderlo las autoridades sanitarias sino, una problemática por una parte científica, puesto que se pone en juego el correcto control de una enfermedad y también se cuestiona la autoridad profesional y científica del médico al permitir en el acto terapéutico de la relación médico-enfermo, la sustitución de un fármaco por otro a una persona ajena a este binomio.
Una vez mas, se dice que hay que contar con el médico para todo y que es la pieza angular del sistema sanitario, pero los hechos como siempre demuestran claramente lo contrario